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Al muy R. Ayuntamiento de la ciudad de Saltillo, Coahuila: Ernesto Fernández, mayor de edad, vecino de la ciudad de México, y actualmente de paso en esta ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León; ante ustedes muy respetuosamente comparezco y expongo lo siguiente:

 

En el mes de septiembre de mil novecientos nueve celebré con esa muy Honorable Corporación, un contrato para el embanquetado de cemento Portlan de la Alameda llamada “Porfirio Díaz” de esta ciudad, el cual contrato fue debidamente autorizado y aprobado por el Gobierno de ese Estado de Coahuila en virtud de un acuerdo de la Diputación permanente de fecha veintidós de septiembre del mismo año de mil novecientos nueve; interviniendo al efecto la garantía del expresado Superior Gobierno para el cumplimiento de ese convenio. En la parte final del documento respectivo se dice lo siguiente: “Del valor en efectivo que ha de pagarse al contratista al concluirse la obra, así como del valor de los dos pagarés que se le entregarán, al concluirse dicha obra y como total pago de ella, se descontará un diez por ciento que se depositará en el Banco de Coahuila y servirá para garantizar la duración del embanquetado durante el término de diez años. Esta garantía consiste en que todos los desperfectos causados por el uso natural que dicho embanquetado tenga durante ese período de diez años, serán reparados por el contratista. Durante los diez años que permanezcan esos depósitos en el Banco de Coahuila, el señor Ernesto Fernández tendrá derecho a recibir los réditos legales producidos por esos depósitos, ya bien sea él, sus herederos o la persona que él designe; y el primero de diciembre de mil novecientos diecinueve, los citados depósitos serán entregados con los intereses que no hubieran sido cobrados, por el Banco de Coahuila, al señor Ernesto Fernández, sus herederos o a las personas que al efecto designe. Dicha entrega se hará sin más requisito que la presentación del presente contrato o su copia certificado al Gerente del Banco de Coahuila”.

 

Como hechos relativos a este asunto debe manifestar: que el valor original del contrato, con la deducción expresado de diez por ciento, se fue pagado en su oportunidad:

 

Infolios de la Gazeta del Saltillo

"Devuélvanme mi dinero", pide contratista a municipio

El señor Ernesto Fernández, contratista de la pavimentación de la alameda

“Zaragoza”, se dirige al R. Ayuntamiento para que se le cubra el pagaré

que se le adeuda por los trabajos realizados en la alameda “Porfirio Díaz”.

que según entiende, el diez por ciento deducido o sea la cantidad de mil setecientos pesos, —pues el valor original del contrato fue de diecisiete mil pesos—, no fue depositado en el Banco antes dicho, por lo que indudablemente quedó, juntamente con los intereses estipulados al seis por ciento depositado en la Tesorería misma de ese Municipio; y que no ha habido hasta la fecha cargos ningunos en mi contra con motivo de los gastos de reparación, por lo cual deduzco que no han existido esos gastos como consecuencia del uso natural del pavimento contratado.

 

Hace como dos años me presenté por escrito ante ese H. Ayuntamiento, solicitando el entero respectivo a mi favor de ese diez por ciento depositado, que aún me falta por recibir y sus intereses correspondientes; pero no pude obtener una resolución definitiva, ni se me ha hecho saber hasta ahora, cuál fuera el resultado de esa solicitud mía.

 

Así pues, ocurro ahora de nuevo a la justificación de ustedes, suplicándoles rendidamente se dignen resolver que se me pague la cantidad original de mil setecientos pesos oro nacional, según he venido haciendo relación de ella, más los intereses de esos mismos mil setecientos pesos, a razón del seis por ciento anual, que en los trece años transcurridos hacen la cantidad de mil trescientos veintiséis pesos; llegando en conjunto mi reclamación actual, a la cantidad de tres mil veintiséis pesos, oro nacional.

 

No dudo ni por un momento, señores Munícipes el obtener de ustedes la atención que este asunto merece y la resolución que impetro en el sentido de que se verifique ese pago, que constituirá la total terminación de contrato y su definitivo cumplimiento.

 

Por todo lo anterior, a ustedes CC. Regidores del H. Ayuntamiento de la Ciudad de Saltillo, Coahuila, rendidamente suplico se sirvan resolver como lo dejo indicado. Protesto lo necesario.

 

Monterrey, Nuevo León, noviembre trece de mil novecientos veintidós.

 

 

 

 

Ernesto Fernández

Clasificación documental: AMS, PM, c 154, L 1, e 44.

Pavimentación de las calles colindantes a la Alameda. Saltillo, 1930. Fototeca del AMS.

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